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jueves, 22 de noviembre de 2018

¡Luchemos por una política de drogas que deje de encerrar a las mujeres!

Artículo publicado por VICE Colombia.


Por: Emilia Márquez, Daniela Romero y Silvia Quintero

Las mujeres en Colombia constantemente son instrumento de las organizaciones narcotraficantes, en las que ocupan los eslabones más bajos de la cadena del tráfico de drogas: microtráfico y correos humanos. Cada vez son más las mujeres judicializadas por delitos relacionados con drogas, la mayoría de ellas son madres o cabeza de hogar, de escasos recursos, con pocas opciones laborales y sin mayor acceso a educación. Así, se encuentran vulnerables debido a la desigualdad social a la que han sido históricamente condenadas. Ya sea solas o con sus parejas, estas mujeres se dedican al tráfico de estupefacientes pues en parte es una salida que, aún siendo peligrosa, genera recursos económicos inmediatos.

Las mujeres son deseables para organizaciones narcotraficantes porque son percibidas socialmente como vulnerables. Son vistas como “fichas” fácilmente reemplazables en la cadena de tráfico de drogas: si sacan a una, es muy fácil conseguir a otra que cumpla el mismo rol. Esto lo muestra el estudio “La situación particular de las mujeres recluidas por delitos de drogas” (2006) de la Corporación Humanas Colombia, Equis justicia para las mujeres y Corporación Humanas Chile, que señala que muchas mujeres son involucradas a la vez como mulas (también para ingresar drogas a centros de reclusión) y señuelos: se entregan a la policía para que esta pueda mostrar resultados o para desviar la atención y hacer transacciones de mayor envergadura.

Actualmente, de acuerdo a las cifras estadísticas del INPEC, hay 8.238 mujeres en privación de libertad intramural. 3729 de estas, el 45,26%, están por delitos relacionados con drogas Este es el delito por el que más se judicializa a las mujeres, seguido del de concierto para delinquir, el cual es procesado muchas veces en conjunto con Porte, Tráfico o Fabricación de estupefacientes. Se puede ver una gran diferencia con el panorama masculino, donde el delito prominente es el hurto, seguido de la fabricación y porte de armas, homicidio y, en cuarto lugar, los delitos relacionados con estupefacientes. Las cifras de estos delitos oscilan entre los 39,000 y los 32,000 judicializados, lo cual muestra que en el caso de los hombres no hay una diferencia abismal en las cifras de los delitos por los cuales son condenados.

"Las políticas relacionadas a la lucha contra las drogas, que muchas veces se traducen en penas más severas para quienes cometen delitos relacionados con porte, tráfico o fabricación, han agravado la situación carcelaria para las mujeres".

Sumado a esto, el panorama mundial ha llevado a que la política de drogas en Colombia se haya enfocado en el endurecimiento de penas, lo que ha implicado un aumento en la población que es privada de la libertad por delitos relacionados con drogas y en la práctica vemos que esta población son principalmente mujeres.

Lo anterior muestra, de manera contundente y muy preocupante, cómo las mujeres se ven afectadas de manera diferenciada por la persecución al microtráfico, lo cual ha generado un desgarro de las familias más pobres y un aumento de su marginalización social. La situación para estas mujeres se hace más crítica en tanto el sistema penitenciario es especialmente difícil para ellas. La situación carcelaria que enfrenta el país en la actualidad es insostenible: el sistema penitenciario colombiano tiene una capacidad total de 80.203 personas, sin embargo, hay 199.990 personas privadas de la libertad. Es decir, hay un hacinamiento del 49,61%.

La crisis del sistema carcelario no es un asunto nuevo. El fenómeno de hacinamiento, junto con la falta de atención estatal a las necesidades de los internos dentro de los penales, genera una situación de vulneración grave y sistemática de derechos humanos. En 1998, la Corte Constitucional declaró la situación Inconstitucional, pues en el sistema carcelario existen situaciones de vulneración de naturaleza estructural que requieren acciones conjuntas para que puedan solucionarse, tales como el “creciente hacinamiento, las graves deficiencias en materia de servicios públicos y asistenciales (…) y la carencia de oportunidades y medios para la resocialización de los reclusos”. El hacinamiento en sí mismo implica una mayor dificultad para prestar los servicios básicos de salud, en el caso de las mujeres, con una grave carencia de servicios ginecológicos y ginecobstetras, además, en el caso de de las mujeres que son madres de familia, la ley establece que podrán permanecer con sus hijos e hijas dentro de los centros penitenciarios hasta que los menores cumplan 3 años, luego deberán salir con algún acudiente o a cargo del ICBF. Todo lo anterior genera espacios propicios para la violencia tanto institucional como entre las mismas personas recluidas.

En definitiva, las cárceles se han convertido en un nicho que reproduce violaciones sistemáticas de los derechos humanos de las mujeres presas. En este sistema carcelario, y ante las violaciones de derechos humanos por causa del hacinamiento, las mujeres son sujetos de especial protección según sentencias de la Corte Constitucional. Sin embargo, las políticas relacionadas a la lucha contra las drogas, que muchas veces se traducen en penas más severas para quienes cometen delitos relacionados con porte, tráfico o fabricación, han agravado la situación carcelaria para las mujeres.

Por tal razón, y con el propósito de contrarrestar la discriminación y vulneración a las que son sometidas las mujeres que son judicializadas por delitos relacionados con el porte, tráfico o fabricación de drogas, es necesario asumir el reto de desarrollar medidas alternativas de encarcelamiento para estas mujeres, que considere cada contexto y cada caso concreto.

"¿No tiene más sentido que en vez de privar de la libertad a mujeres y a sus hijos, permitamos que las mujeres estén con ellos afuera aplicando medidas alternativas de la pena? "

Aún cuando existen medios alternativos a la pena que implica privación de la libertad, como la suspensión condicional de la ejecución de la pena, la prisión domiciliaria y la libertad condicional, existen también restricciones muy fuertes para acceder a ellas, debido a la represión en cuanto a delitos de drogas. Una de estas limitaciones es el pago de la caución como requisito para acceder a medidas alternativas, este es el caso de Patricia González*, madre cabeza de hogar de 3 hijos, quien fue condenada a cuatro años y medio de prisión por tráfico de estupefacientes. Para acceder a la libertad condicional, el juzgado le exigía el pago de una multa de 20.77 salarios mínimos, pero para el momento su único trabajo era en la peluquería de la reclusión, lo cual hacía casi imposible el pago de la multa.

Marcela Álvarez* fue condenada a 4 años y medio después de ser “vendida”, al intentar ingresar drogas a la Cárcel Modelo para que otras personas pudieran entrar una carga mayor. Además de ser madre cabeza de familia, su madre también estuvo privada de la libertad y para protegerla asumió la posesión de un dinero (una falta grave dentro de las cárceles). Luego de esto le fueron negadas incontables veces la libertad condicional y la prisión domiciliaria, por lo que tuvo que cumplir físicamente la pena sin que el juez le reconociera el tiempo de descuento por su trabajo en la reclusión. En casos como el de Marcela, el análisis judicial de la gravedad de la conducta está atado a su condición de madre: se espera de las madres un comportamiento ideal, por lo que tienden a valorarse de manera desproporcionada.

¿No tiene más sentido que en vez de privar de la libertad a mujeres y a sus hijos, permitamos que las mujeres estén con ellos afuera aplicando medidas alternativas de la pena?

En política de drogas el contexto colombiano no es fácil. Estamos inmersos en el viejo y fracasado discurso de “La guerra contra las drogas” y existen personas que ejercen roles en todos los eslabones de la cadena. Pero esta aproximación ha fallado: estamos en 2018, el microtráfico aumenta y las mujeres son afectadas de manera grave y desproporcionada. Es hora de reconsiderar, en la política pública contra las drogas, medidas alternativas de encarcelamiento para mujeres que se encuentran privadas de la libertad por estos delitos. Es necesario diseñar y aplicar medidas alternativas y efectivas a la privación de la libertad: la descriminalización, la despenalización, la desjudicialización y el desencarcelamiento, según cada caso en particular.

Así podrían lograr respuestas más humanas y efectivas que combatan los efectos negativos de la privación de la libertad –hacinamiento y violación de derechos humanos–. Por último, es necesario generar políticas públicas que ataquen los eslabones más fuertes y más beneficiados en la cadena productiva y encontrar políticas públicas que no separen a las familias y que no impliquen la privación de la libertad de niños pequeños, para así reducir y mitigar los daños y generar una reparación integral para las mujeres y sus núcleos familiares.


*nombres cambiados para proteger la identidad de las mujeres

Temblores ONG https://ift.tt/eA8V8J

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